Nueva normativa del patinete eléctrico en 2026: todo lo que debes saber para evitar multas

El uso del patinete eléctrico (VMP – Vehículo de Movilidad Personal) no deja de crecer en las ciudades, y con ello también la necesidad de una normativa más clara que garantice la seguridad de todos. En los últimos meses se han producido cambios importantes que afectan directamente a los usuarios de patinetes eléctricos.

Desde Milenium Seguros te explicamos, de forma sencilla, qué dice la nueva normativa y cómo te afecta si utilizas un patinete eléctrico en tu día a día.

¿Qué es un patinete eléctrico según la DGT?

La Dirección General de Tráfico (DGT) considera patinete eléctrico a todo vehículo de una o más ruedas, diseñado para una sola persona y propulsado exclusivamente por motores eléctricos, que puede alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h.

Los vehículos que superen estas características ya no se consideran VMP y deben cumplir otras normativas diferentes.

PRINCIPALES CAMBIOS DE LA NUEVA NORMATIVA

1. Registro obligatorio en la DGT

Una de las grandes novedades de la normativa es la obligación de inscribir los patinetes eléctricos en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT. Este registro es imprescindible para poder contratar el seguro obligatorio y circular legalmente.

El registro se puede realizar:

Coste del trámite: 8,67€

Una vez inscrito, la DGT expedirá un certificado de inscripción digital y el VMP deberá llevar una etiqueta identificativa visible.

2. Seguro obligatorio de responsabilidad civil

Contar con un seguro de responsabilidad civil es obligatorio para poder circular con patinete eléctrico. Este seguro cubre los daños personales y materiales que puedas causar a terceros en caso de accidente.

Circular sin seguro puede suponer multas de entre 202 y 800 euros, en función del tipo de VMP y de la infracción cometida:

  • Carecer de seguro: entre 202 y 610 €.
  • Circular sin seguro: entre 250 y 800 €, especialmente en VMP considerados vehículo a motor (más de 25 kg y más de 14 km/h)

3.Dos tipos de VMP según la normativa

Actualmente, la normativa distingue entre dos tipos de patinetes eléctricos:

1. VMP con certificado de circulación: Son los que cumplen los requisitos del Manual de Características de los VMP. Desde el 22 de enero de 2024, solo se pueden comercializar este tipo de patinetes. Para inscribirlos será necesario aportar:

  • Datos del titular.
  • Número de certificado y número de serie.
  • Abonar la tasa administrativa correspondiente.

2. VMP sin certificado de circulación: Son aquellos que no cumplen los requisitos técnicos. Podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, pero también deben:

  • Inscribirse en el registro.
  • Contratar el seguro obligatorio.

Su identificación será temporal y dejará de ser válida a partir de esa fecha.

¿CÓMO TE AYUDA MILENIUM SEGUROS?

En Milenium Seguros te ayudamos a adaptarte a la nueva normativa del patinete eléctrico de forma sencilla y sin complicaciones. Contamos con seguros específicos para Vehículos de Movilidad Personal que te permiten cumplir con la obligación legal de responsabilidad civil y circular con total tranquilidad.

Además, te asesoramos durante todo el proceso para que sepas qué necesitas, cómo registrarte y qué cobertura es la más adecuada según tu patinete y tu forma de uso.

Porque moverse por la ciudad debería ser cómodo, seguro y sin preocupaciones. Con Milenium Seguros, tu patinete y tú estáis protegidos.

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